viernes, 24 de mayo de 2013

SALIDA PRÁCTICA DE EVALUACIÓN DEL MODULO COMPETENCIAL



SALIDA PRÁCTICA DE EVALUACIÓN DEL MODULO 


            La salida se realizará los días 28 de Mayo (Teco A) y 30 de Mayo (Teco B) en el entorno de la Rambla Belén, en Almería capital.

            En dicha salida se controlarán los siguientes aspectos:

·         Equipo y material
·         Condición Física
·         Cartografía y Orientación
·         Habilidad de desplazamiento en terreno variado

Para dicha salida habrá que presentarse a las 08 horas 15 minutos, del día indicado, en el aparcamiento de los campos de fútbol del club Oriente, junto a la residencia Vallesol, con el siguiente equipo:

·         Equipo personal y material necesario para una salida de dos días, acampando en el medio natural, durante el mes de Enero (debe tenerse en cuenta la climatología propia de dicho mes). Se valorarán todos los elementos, estado, adecuación, etc
·         Material para escribir, medir, tomar rumbos…

( El peso de la mochila deberá alcanzar mínimo 10 kilogramos al terminar la prueba).
( Es indispensable tener el equipo 'en regla' y superar una prueba de cartografía y orientación para poder realizar la prueba )

Igualmente los asistentes aportarán cámara de fotos y móvil, éste último con la función GPS activada si la tuviera disponible.
La no realización de esta salida implicará la no superación del módulo.

lunes, 6 de mayo de 2013

MODIFICACIÓN 7 DE MAYO

Por petición popular , los trabajos del campamento de fábula y la ficha de itinerario completa podrán entregarse el día 21 de mayo como fecha tope.


jueves, 2 de mayo de 2013

LEGISLACION ACAMPADAS Y CAMPAMENTOS

DECRETO 45/2000, de 31 de enero, sobre la organización de acampadas y campamentos
juveniles en Andalucía.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a los artículos 13.30 y 15.1.7.º del
Estatuto de Autonomía para Andalucía, tiene competencia exclusiva en materia de promoción
de actividades y servicios para la juventud, así como para el desarrollo legislativo y ejecución
de la materia relativa al medio ambiente. En este ámbito competencial tiene cabida la
regulación de las acampadas y campamentos organizados para la participación de los jóvenes
en el disfrute del entorno natural.
Las acampadas y los campamentos juveniles han carecido de una regulación uniforme y
completa hasta la fecha. No se puede ignorar que las actividades realizadas en el medio
natural de la Comunidad Autónoma de Andalucía, organizadas para los jóvenes con fin
formativo-recreativo y de ocupación del tiempo libre, han crecido de una forma constante en los
últimos años y ello pone de manifiesto la ausencia de una ordenación normativa que coordine
los deseos de los ciudadanos de Andalucía de disfrutar y formarse en la riqueza del medio
natural de nuestra Comunidad con el necesario respeto y protección que éste merece.
Al mismo tiempo, se pretende agilizar y homogeneizar los trámites administrativos
necesarios para obtener la autorización para la realización de estas actividades, así como
controlarlas por la Administración con fines informativos y de protección de los participantes y
del medio natural.
El derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad establecido en el artículo 10.1
de la Constitución Española, que abarca ineludiblemente su formación medioambiental, a lo
que puede contribuir el mantenimiento de una experiencia de contacto directo con el medio
natural, y el derecho que a todos concede el artículo 45.1 a disfrutar de un medio ambiente
adecuado para el desarrollo de la persona así como el deber de conservarlo han de conjugarse
con la adecuada utilización del ocio de su artículo 43.3, para que el disfrute del medio natural
no termine por destruirlo.
El objeto del presente Decreto es la regulación de los campamentos juveniles y las
acampadas temporales e itinerantes, organizadas por Entidades públicas o privadas sin ánimo
de lucro, que se desarrollen en los espacios naturales de la Comunidad Andaluza, en el marco
de actividades de tiempo libre, con la doble finalidad de, por un lado, garantizar la práctica de
tales actividades preservando la educación e integridad física de los participantes y, por otro,
la, no menos importante, protección y conservación de los recursos naturales. Por todo ello, a
iniciativa de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y del Instituto Andaluz
de la Juventud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de enero de 2000,
D I S P O N G O
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto y Ambito de aplicación.
1.Se regirán por las normas contenidas en el presente Decreto las acampadas y
campamentos juveniles que se desarrollen por Entidades públicas y privadas sin ánimo de
lucro en los espacios naturales del territorio de Andalucía.
2. Este Decreto no será de aplicación a aquellos campamentos o acampadas que, de
acuerdo con el artículo 40 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo de Andalucía,
resulten incluidos en el ámbito de aplicación de esa Ley.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos del presente Decreto, se entiende por:
a) Espacio Natural: Es aquel espacio o zona terrestre, diferenciado por sus
características abióticas o bióticas, tanto si es entorno natural o seminatural, y no está incluido
en un núcleo urbano ni destinado a uso industrial o agrícola.
b) Acampada juvenil: Se entiende por acampada juvenil la organización de campos de
trabajo, marchas, colonias o cualquier actividad de similar naturaleza que tengan un contenido
educativo, ecológico, deportivo o recreativo, en la que participen más de diez personas y cuya
duración mínima sea de tres días y hasta un máximo de cinco e impliquen la colocación sobre
el terreno de algún tipo de instalación eventual destinada a habitación o el asentamiento en
espacios naturales. Se encuentran dentro de este concepto las travesías o cualquier otra
actividad que implique el desplazamiento de los participantes y su asentamiento en lugares
diferentes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el presente Decreto y no
estén contenidas en el programa general de un campamento.
c) Campamento juvenil: Se entiende por campamento juvenil las actividades definidas
en el apartado anterior cuya duración sea de más de cinco días y hasta tres meses y en la que
participen más de diez personas. Cuando estas actividades se realicen durante el período
comprendido entre los meses de junio y septiembre, tendrán la consideración de campamento
de verano.
CAPITULO II
ORGANIZACION DE LAS ACAMPADAS Y CAMPAMENTOS JUVENILES

Artículo 3. Dirección de las actividades.
1. Cada actividad deberá estar dirigida y coordinada por una persona mayor de edad que
esté en posesión del Diploma de Monitor de Tiempo Libre expedido por la Administración de la
Junta de Andalucía o por Entidades oficialmente reconocidas por la misma, o de titulaciones
equivalentes y, en su caso, homologadas o reconocidas por Organismos de la Administración
autonómica y que les faculte para la realización de este tipo de actividades.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, habrá un monitor más por cada
diez participantes si éstos son, en su mayoría, menores de doce años o por cada quince
participantes si éstos tienen, en su mayoría, doce o más años. Cuando se incluyan entre estos
monitores personas que, habiendo superado el ciclo formativo teórico de su fase de formación,
se encuentren en el período de prácticas de dicho ciclo formativo, el porcentaje de los mismos
en cada actividad no podrá ser superior al 33% del número total de responsables.
3. En el desarrollo de las actividades podrán colaborar y auxiliar junto a los Monitores
otras personas que, aun careciendo del título mencionado en el apartado 1, sean mayores de
edad y posean experiencia en esta materia, debiéndose expresar en la solicitud prevista en el
artículo 6 los datos de los mismos, justificación de la experiencia y las funciones que se le
pretenden encomendar bajo la responsabilidad del equipo de dirección de la actividad.
Artículo 4. Obligaciones de los responsables de la actividad.
Serán obligaciones de los responsables de las actividades de acampada y de
campamento:
a) Cumplir y velar por el cumplimiento de las normas del presente Decreto.
b) Adoptar las medidas necesarias para evitar el deterioro de las propiedades e
instalaciones que utilizaren, los riesgos de incendios que puedan producirse, las acciones que
produzcan vertidos o desperdicios en zonas no idóneas, así como velar, en general, porque no
se produzcan alteraciones en el medio natural.
c) Permanecer al frente de la actividad durante los días que se desarrolle la misma, no
pudiendo abandonarla salvo causa grave justificada, en cuyo caso, y a fin de que la actividad
pueda tener continuidad, asumirá la responsabilidad la persona que, en su caso, se designe
como responsable.
d) Velar y adoptar las medidas imprescindibles para garantizar la integridad física y
bienes de los participantes.
e) Tener siempre a disposición de la autoridad competente la documentación precisa
para el desarrollo de la actividad exigida en la solicitud y permitir las inspecciones que aquélla
considere pertinentes.
f) Cumplir con las medidas previstas en el plan de actividades y en la memoria
explicativa, a los que se refiere el artículo 6.4.c) y d) del presente Decreto, así como disponer
de los medios telefónicos y de comunicación que se hubieran previsto.
CAPITULO III
U B I C A C I O N

Artículo 5. Prohibiciones.
1. En las zonas especificadas, de conformidad con la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la
que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen
medidas adicionales para su protección y en sus normas de desarrollo, no se podrán realizar
acampadas o campamentos salvo que se cuente con permiso especial y específico para ello.
2. No podrán realizarse las actividades que se regulan en el presente Decreto en las
zonas en las que se observen grandes dificultades de evacuación o en terrenos que, por
cualquier causa, resulten insalubres o peligrosos con arreglo a la normativa que resulte
aplicable.
3. En general, quedan prohibidas las actividades reguladas en el presente Decreto en
aquellos lugares que, por exigencias de interés público o de protección del medio natural, estén
afectadas por prohibiciones, limitaciones o servidumbres públicas establecidas expresamente
mediante disposiciones legales o reglamentarias, salvo que se obtenga la oportuna
autorización de los organismos competentes. En particular, quedan prohibidas las acampadas
o campamentos, con arreglo a la normativa de aplicación, en las proximidades de las zonas
siguientes:
a) De la zona delimitada por el perímetro de protección de captación de agua potable
para el abastecimiento de las poblaciones.
b) De las carreteras.
c) De bienes pertenecientes al patrimonio histórico inmueble de la Junta de
Andalucía así como de su entorno y, en concreto, monumentos, conjuntos históricos y jardines
históricos.
d) De industrias molestas, insalubres, nocivas o peligrosas y a las que se refiere la
normativa vigente aplicable en la materia.
CAPITULO IV
REGIMEN DE AUTORIZACIONES

Artículo 6. Tramitación.
1. Toda Entidad que pretenda organizar una actividad de las reguladas en el presente
Decreto deberá presentar solicitud de acuerdo con el modelo que establezca el Instituto
Andaluz de la Juventud.
2. Dichas solicitudes se presentarán en la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de
la Juventud de la provincia donde se vaya a realizar la actividad, o en el Registro General del
citado Organismo. Asimismo, se podrán presentar en los lugares y por los medios indicados en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Las solicitudes deberán presentarse con suficiente antelación para permitir la
resolución antes de la fecha prevista para el inicio de las actividades. En el caso de los
campamentos de verano, las solicitudes se presentarán entre el 15 de marzo y el 15 de abril.
4. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Documentación acreditativa de la personalidad de la Entidad solicitante y de su
representante, así como de la representación con la que actúe.
b) Documentación acreditativa de la cualificación de los responsables de la actividad.
c) Plan de actividades a realizar por la Entidad solicitante
d) Memoria explicativa de las medidas higiénico-sanitarias adoptadas, de los medios
telefónicos y de comunicación disponibles y del plan de evacuación previsto.
e) En el caso de marchas y acampadas volantes integradas en una actividad de
mayor amplitud o carácter, habrá de detallarse el programa e itinerario y la expedición de las
autorizaciones específicas que, en su caso, fueran necesarias.
f) Pólizas vigentes de los seguros de accidentes y de responsabilidad civil, que
cubran la seguridad de los participantes, así como los daños o desperfectos que el grupo
pueda ocasionar. En el caso de Entidades de ámbito provincial, regional o nacional, cuando la
organización directa de la actividad la asuma uno de sus colectivos internos, la presentación de
la póliza puede sustituirse por una certificación acreditativa de la suscripción de la póliza
general por parte de la Entidad que cubra todas las actividades realizadas por sus diferentes
colectivos en todo su ámbito territorial. No obstante, dichas Entidades habrán de presentar, con
anterioridad y anualmente, las pólizas de los seguros vigentes.
g) Autorización del propietario de la finca donde se vaya a desarrollar la actividad o
de su representante, cuando ésta sea necesaria por la naturaleza del bien.
5. El Instituto Andaluz de la Juventud, tras comprobar la aportación de todos los
documentos indicados, podrá solicitar de los Organismos y Administraciones competentes la
emisión de los informes y permisos oportunos, en su caso, a los efectos de expedir la
autorización.
6. Las solicitudes podrán entenderse estimadas por silencio administrativo si
transcurrieran quince días desde su presentación sin que se hubiere dictado y notificado
Resolución expresa. En el caso de campamentos de verano, este plazo empezará a contarse
desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en el
apartado 3. 7. Con la autorización, el Instituto Andaluz de la Juventud proporcionará a los
participantes toda la información necesaria sobre los distintos riesgos que pudieran afectarles,
con el fin de que se adopten las medidas oportunas al respecto.
Artículo 7. Revocación.
1. En cualquier momento, incluso durante el desarrollo de la actividad, la Administración
podrá revocar la autorización concedida por causa de fuerza mayor, grave daño para la salud
pública, el medio ambiente o por incumplimiento de los objetivos y contenidos declarados en la
solicitud presentada.
2. El incumplimiento de las normas contenidas en el presente Decreto conllevará la
revocación de la autorización, con suspensión inmediata de la actividad, sin perjuicio de las
responsabilidades de todo orden en que pudiesen incurrir los responsables de las actividades.
3. Son subsidiariamente responsables de las obligaciones establecidas en el presente
Decreto las Entidades organizadoras de la actividad.
Artículo 8. Inspección.
Durante el desarrollo de la actividad, la Administración podrá efectuar, mediante personal
debidamente acreditado, las inspecciones oportunas para comprobar el cumplimiento de las
normas recogidas en el presente Decreto y las demás que sean de aplicación.
CAPITULO V
NORMAS HIGIENICO-SANITARIAS Y AMBIENTALES

Artículo 9. Normas higiénico-sanitarias.
A los efectos de lo previsto en el artículo 6.4.d) de este Decreto, el Instituto Andaluz de la
Juventud requerirá del Ayuntamiento, en cuyo término municipal se realice la actividad, informe
sobre la memoria explicativa de las medidas higiénico-sanitarias que se vayan a adoptar por la
Entidad solicitante. Dicha memoria contendrá los aspectos que se relacionen en el modelo que
establezca al efecto el Instituto Andaluz de la Juventud.
Artículo 10. Emisión de ruidos.
Se evitará, en todo momento, la contaminación acústica en las zonas de acampadas y
campamentos juveniles, provocada por la emisión de ruidos que perturben la tranquilidad de
las especies animales y del entorno natural, aplicándose, en su caso, la regulación sobre
infracciones y sanciones establecida en la normativa vigente.
DISPOSICION ADICIONAL
Unica.
Selección en terrenos de titularidad pública. Por el Instituto Andaluz de la Juventud se
podrán suscribir Convenios con las Administraciones Públicas titulares de los bienes más
demandados para las actividades reguladas en el presente Decreto, de forma que el Instituto
pueda actuar como seleccionador de los solicitantes en el caso de que varios de ellos
pretendan la ubicación de su actividad en el mismo emplazamiento, así como para ofrecer
emplazamientos alternativos a quienes no fueren seleccionados para el solicitado. En estos
casos no será necesario acompañar a la solicitud el permiso del propietario del bien, pero la
autorización que pueda conceder el Instituto Andaluz de la Juventud estará, en todo caso,
condicionada a la efectiva autorización del titular del inmueble, en los términos que prevea el
Convenio que se haya suscrito.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.
Procedimientos en tramitación. A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en
vigor del presente Decreto no les será de aplicación el mismo, rigiéndose por el procedimiento
establecido en el momento de su solicitud.
Segunda.
Homologación de titulaciones. En tanto se apruebe un sistema de homologación de
titulaciones para actividades de tiempo libre, a que se refiere el artículo 3 de este Decreto, se
tendrán por válidas aquellas titulaciones que capaciten para el desarrollo de tareas similares.
DISPOSICION DEROGATORIA UNICA
Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo previsto en el
presente Decreto.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.
Desarrollo y ejecución. Se faculta al titular de la Consejería de la Presidencia para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Segunda.
Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de enero de 2000
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia

PREVENCIÓN Y SOCORRO EN MONTAÑA


PREVENCIÓN Y SOCORRO EN MONTAÑA

En un porcentaje muy alto, en el perfil del accidentado coinciden una o varias características:
- De poca experiencia.
- Formación inadecuada.
- Sedentaria.
- Con equipo insuficiente o inadecuado.
- Posibles enfermedades activadas por el esfuerzo

Y las principales causas :
- Desconocimiento, falta de experiencia.
- Inconsciencia, sobrestimación.
- Equipo deficiente.
- Mala condición física.
- Peligros objetivos.
- Enfermedad.

Por ello, los técnicos deben conocer:
- Los peligros
- Su prevención como base de seguridad
- Cómo actuar si estos ocurren

Y ADEMÁS …



nConocimiento del medio
nSentido común
nConocimiento de la técnica
nValoración de los peligros
nPreparación física y psicológica
nRespetar las reglas de seguridad





PREVENCIÓN EN MONTAÑA

Requisito fundamental:
ser consciente de los peligros para poder adoptar las medidas adecuadas mientras realizamos nuestra actividad en montaña con seguridad”

L0S PELIGROS OBJETIVOS

Son los derivados de procesos naturales.





Atmosféricos:


ØEl rayo
ØLa niebla
ØBajas temperaturas, humedad y viento
ØPrecipitaciones atmosféricas.
ØRadiaciones solares



Otros:


ØCaídas de piedras
ØCauces de ríos.
ØNeveros.
ØFauna y flora.
ØOscuridad.
ØGrietas en glaciares
Øavalanchas



PARA MINIMIZAR LOS PELIGROS ATMOSFÉRICOS EL TÉCNICO DEPORTIVO EN MONTAÑA DEBERÁ

- Consultar siempre la Predicción meteorológica
- Estar atento a las Indicaciones Barométricas
- Observar con atención los indicios naturales
- Disposición psicológica positiva
- Llevar siempre el equipo adecuado
LOS PELIGROS SUBJETIVOS

nProvocados por los propios seres humanos:



ØSobrestimación
ØErrores de apreciación
ØEnfermedades y lesiones
ØFormación insuficiente
ØEquipamiento inadecuado
ØMala preparación física



EL RAYO
“Es una descarga eléctrica que se produce en una tormenta, desde la nube a tierra”,

PREVENCIÓN

§Ver boletín meteorológico.
§Observación de indicios naturales.
§Cambiar el itinerario si es necesario.
§ Si el tiempo entre trueno y rayo disminuye ( acercamiento de la tormenta)




ACTUACIÓN
El impacto puede ser directo o por corrientes de tierra.
No situarse en zonas prominentes.
Abarcar la menor distancia posible, agacharse y mantenerse sentado sobre objetos aislantes y secos, si es posible algo elevado.
Si entramos en una cueva, que sea grande, alejándonos de la entrada, paredes y techo.
Cerrar ventanas y puertas en refugios, alejándonos de la chimenea.
Y evitar :
- Zonas mojadas como canales, grietas, depresiones…
- Salientes.
- Pequeñas cuevas
- Cimas y aristas
- Contacto directo con metales del equipo

LA NIEBLA.

PREVENCIÓN
- Ver boletín meteorológico
- Tener en cuenta la climatología local
- En la preparación del itinerario, tener previstos escapes y líneas fáciles de seguir con mala visibilidad y que no tengan otros peligros
- No realizar la actividad si no existen referencias claras que impidan perdernos.
ACTUACIÓN
- Si estamos totalmente desorientados, permanecer en el lugar y esperar a que algún claro nos permita tener referencias
- Utilizar las técnicas de orientación con mala visibilidad.
- Intentar seguir puntos de referencia claros como ríos, crestas, etc

BAJAS TEMPERATURAS, HUMEDAD, VIENTO
- Producen pérdida de calor corporal, de zonas periféricas y de calor central.
- También pueden provocar fallos en nuestros equipos auxiliares ( linternas, emisoras, altímetros, etc )
- Pueden variar las condiciones del terreno ( resbalones, desprendimientos…)

PREVENCIÓN
- Conocer las previsiones meteorológicas
- Vestimenta adecuada a la época del año, altitud, latitud
- Recordar que por la cabeza se puede perder hasta el 30% del calor corporal
- El viento aumenta exponencialmente los efectos del frío
- La humedad acrecienta sus efectos, llevemos ropa de repuesto
- Llevar ropa impermeable para protegernos del viento y el agua.
- Protejamos de los elementos los materiales que puedan fallar

ACTUACIÓN
- Vistámonos de forma adecuada
- Evitemos en lo posible zonas desprotegidas
- Realicemos los descansos en zonas protegidas
- Tener especial cuidado en los terrenos afectados por el frío y el viento

PRECIPITACIONES ATMOSFÉRICAS

PREVENCIÓN
üConsultar meteo
üAdecuar la salida a las condiciones previstas
üLlevar equipo adecuado

ACTUACIÓN
üOjo con desorientarnos
üQue las condiciones adversas no produzcan dejadez
üProtejámonos de las inclemencias.
üAtentos a los terrenos resbaladizos, las crecidas de ríos, etc

RADIACIONES SOLARES
- Los rayos solares pueden producir daños en nuestra piel, ojos, etc
- También producen una mayor deshidratación en el organismo
- En montaña estos efectos son mayores al disminuir con la altura la protección

PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN
- Vestimenta adecuada que nos cubra la mayor superficie posible
- Llevar cremas protectoras, gafas solares y abundante agua
- Beber con frecuencia
- Usar cremas solares con buena protección
- Ponerse gafas y gorro

CAÍDA DE PIEDRAS

- Por efectos de la erosión y la fuerza de la gravedad.
- Sus efectos van desde cortarnos el paso a producir traumatismos de diferente consideración
- Sus causas más habituales son el estado general de la roca, el hielo, el deshielo y los animales y las personas

PREVENCIÓN
- Consultar la meteo
- Planificar los horarios de paso por las zonas de peligro dentro del itinerario




Elección del itinerario teniendo en cuenta:
- Canales o pedreras
- Crestas descompuestas
- Conglomerados poco cimentados
- Taludes de fuerte inclinación
- Parte baja de los desfiladeros
ACTUACIÓN
- Progresar con cuidado
- En caso de producir caída de piedras, avisar gritando ! Piedra ¡
- Al pasar por zonas peligrosas pasar de uno en uno y atentos
- Si no es posible esquivar la piedra, nos colocaremos tras algún obstáculo o nos pegaremos a la ladera colocándonos la mochila encima


CAUCES DE RÍOS

PREVENCIÓN

üPlanificar el itinerario por zonas con buen paso o puentes
üEvitar torrentes con lluvias fuerte
üOjo en primavera con la fusión de la nieve

ACTUACIÓN
- En los ríos, las zonas más peligrosas son antes de las curvas y en estrechamientos (mayor velocidad del agua)
- Buscar vados poco profundos, en zonas llanas y anchas, después de curvas o meandros.
- Especial cuidado en zonas de roca pulida
- Utilizar bastones o palo para mantener el equilibrio
- Si la corriente es fuerte pasar de dos en dos sujetos por los hombros
- Ante la duda de ser arrastrados, NO PASAR


INCENDIOS FORESTALES

PREVENCIÓN

- Nunca hacer fuego en el monte. Además de ser muy peligroso, las normativas lo prohíben terminantemente.
- No arrojar colillas o fósforeos, ni encendidos ni apagados, por la ventanilla del coche o en el monte.
- Si mientras estás en el medio natural se produce un incendio, no precipitarse a salir desordenadamente, ya que podrías entrar en la zona de fuego. Pide información y sigue las instrucciones.

ACTUACIÓN

Si descubre u ocasiona un fuego:

- Si el fuego es pequeño intente sofocarlo con agua o tierra, o golpeándolo con ramas de árbol. Atáquelo siempre por la base. Si consigue apagarlo eche tierra sobre las brasas y limpie de ramas los alrededores. Informe a las autoridades.
- Dé aviso con urgencia al teléfono de emergencias 112, al 062 de la Guardia Civil o al teléfono verde de la Consejería de medio Ambiente.

Si se ve sorprendido por un incendio :

- Estudie bien por donde escapar del fuego.
- Respire por la nariz. Cúbrase con un pañuelo mojado nariz y boca.
- Aléjese en la dirección opuesta al humo.
- No suba por una ladera cuando el fuego ascienda por ella. Escape en la dirección más perpendicular posible a la del avance del fuego.
- Evite las vaguadas profundas. Tienden a canalizar el fuego.
- Si su ropa se prende, échese a rodar por el suelo. Si dispone de una manta envuélvase con ella.
- Atención al escapar a los cambios de dirección del viento. Hacen que el fuego varíe su avance.
- Si las llamas le rodean sitúese en una zona ya quemada, de espaldas siempre a la dirección del viento.

ANIMALES

En nuestra península hay pocos animales cuyo comportamiento habitual entrañe un peligro para las personas. Pero sí hay algunas actitudes por su parte que en situaciones concretas sí pueden provocar situaciones de riesgo.

- Cualquier animal que encuentres suele tener un comportamiento huidizo y nunca se mostrará agresivo. Tan sólo cuando se sientan acorralados su actitud puede ser agresiva y entrañar peligro. Las mordeduras, ataques o picaduras sólo se dan en estas circunstancias, y se evitarán teniendo un comportamiento respetuoso y tranquilo con cualquier animal que pueda verse y con los lugares que les sirven de refugio.

- Hay algunas especies cuya mordedura o picadura es venenosa. Especial cuidado debe tenerse con la víbora, pues su mordedura sí puede resultar grave.
- Si encuentra una víbora ( o cualquier otro reptil ) en su camino, tan sólo debe apartarse un poco, permanecer tranquilo y dejar que se marche. La víbora nunca ataca si no se la molesta.

- Preste atención al sentarse o apoyarse, especialmente en zonas de roca soleadas. Cuidado también al caminar por prados con la hierba alta, especialmente si lleva un calzado ligero o pantalón corto. Por descuido, en estos lugares puede colocar su mano o sus pies sobre algun animal y recibir su mordedura. Revise sus prendas de ropa antes de ponérselas si las ha dejado sobre el suelo o fuera de la mochila durante una parada larga.

- La picadura de insectos no suele implicar más problema que una leve molestia. Pero en algunas personas puede traer consigo ciertas reacciones alérgicas que pueden revestir gravedad. Un medicamento antihistamínico no debe faltar en su botiquín para estos casos, especialmente si algún miembro del grupo presenta antecedentes.

- Especial atencióncon el ganado vacuno, sobre todo en época de cría, pues puede atacar en caso de verse acosado. Aún quedan lugares donde queda ganadería brava, donde hay que extremar las medidas de seguridad, evitando en lo posible acercarse.


SEGURIDAD DURANTE LA ACTIVIDAD

ØPlanificación. “ antes “
  • Preparación de la actividad:
- Itinerario, desnivel, duración, altura máxima, refugios, zonas problemáticas, etc
- Prever rutas alternativas
- Observar y entender el parte meteorológico
- Equipo necesario (personal y colectivo)
- Equipo de seguridad (comunicaciones, botiquín,etc)
- Deja dicho: a dónde y por dónde vas, con quién vas y cuando vuelves

Ø “ y durante la actividad “
- Sé consciente que “tú” eres el líder del grupo
- Comprobar el estado físico de los usuarios: adaptar la actividad, guardar energías, no complicarse sin necesidad
- Transmitir seguridad y control al grupo en los momentos delicados: da instrucciones claras y personales, no pierdas la calma, muéstrate firme y mantén el grupo unido
- Ritmo: mantener una velocidad constante hará que cumplamos un horario de seguridad
- Una de las funciones fundamentales del Técnico es mantener el grupo seguro.


SOLICITAR AYUDA

Ø Ante una situación que no podemos resolver, hay que alertar…
· O tenemos comunicación por emisora, teléfono …
· Si no tenemos, si hay un grupo numeroso mejor que vayan dos, bien capacitados y equipados.
Ø Si estamos solos, antes de dejarlo solo, valorar:
· ¿Qué lesiones tiene?¿puede prescindir de nuestra ayuda? Itinerario a seguir para pedir ayuda, ¿qué tiempo tardaremos en regresar? ¿qué hora es y qué tiempo atmosférico tenemos?
Ø Si decidimos dejarlo, que el lugar sea seguro, las curas de urgencia realizadas y bien abrigado y aprovisionado

AVISO AL GRUPO DE SOCORRO
Identidad del que solicita la ayuda
Descripción del accidente: númº de heridos, gravedad, tipo de lesiones, etc
Cómo y cuándo ha ocurrido
Dónde. Localización
Con qué medios y ayuda contamos
Condiciones meteorológicas en la zona
Condiciones de acceso al lugar del accidente..

Señales de socorro reconocidas internacionalmente
Bengala de color rojo
Cuadrado de tela roja con un círculo blanco
Señales luminosas o acústicas:
ü 6 espaciadas durante un minuto con otro minuto de pausa.
ü La respuesta del grupo de socorro es de 3 señales espaciadas en un minuto y otro de pausa
De pie y en forma de “ Y ” = SI necesito ayuda
De pie un solo brazo levantado = NO ayuda
Hay que conocerlas para no producir equívocos


BÚSQUEDA DE PERSONAS EXTRAVIADAS
Es complicado y laborioso si no se coordina y planifica adecuadamente. Necesidad de personal cualificado.
Lo primero es si hay indicios razonables de que hay personas perdidas
Valorar la edad, los conocimientos, el equipo que llevan, el lugar, las condiciones meteorológicas, los peligros objetivos, etc.

Para poder planificar una operación de búsqueda, hay que disponer e informar de:

Nombre del perdido o perdidos
Hora de desaparición
Lugar al que pensaban ir y por donde
Conocimientos que tienen de la zona
Experiencia en montaña
Material y vestuario que poseen
Condiciones meteorológicas en la zona

BÚSQUEDA DE EXTRAVIADOS

“ los buscadores deben conocer y respetar el plan de actuación previsto :

ØSeñales de aviso
ØLugar y horas de encuentro
ØZonas de búsqueda

- Si se divide el grupo, todas las personas deben poder estar en contacto y comunicarse con los medios disponibles.
- Los subgrupos serán de dos como mínimo, o permanecer al alcance visual o del oído de otro.
- Deberían conocer el terreno y tener el equipo adecuado.

y la actuación…
- Seguir el recorrido conocido o supuesto, y dentro de éste los lugares lógicos de extravío.
- Se buscarán huellas o indicios de su paso.
- Si se confirma que son del desaparecido, se concentrará la búsqueda en la zona, comunicando con el resto de los grupos.
- Hay que pararse frecuentemente para llamar y escuchar posibles gritos de ayuda.
- Con visibilidad, los prismáticos son de gran ayuda

1. Actuación en evacuación helicóptero

Elección zona aterrizaje
Superficie plana de 4x4
Ningún obstáculo de más de 1,50 m de altura en un radio de 10 m
Si la zona está nevada, pisar la nieve previamente.
Que no exista ningún objeto que pueda volar
Colocación del grupo:
El herido en zona de fácil evacuación, protegemos su cara en la aproximación del helicóptero y sujetaremos si lo hubiera el material de abrigo. El resto de grupo reunido, lejos de la zona de aterrizaje. Dar indicaciones de que no se muevan y que no tengan ningún objeto suelto que pueda volar
Señalización de la zona de aterrizaje
El mejor sistema es situarse inmóvil y de espaldas al viento, con los brazos levantados en “Y”. Procurar que la vestimenta sea llamativa.
Cuando el piloto noos indique que nos ha visto y se acerque, nosotros nos agacharemos.
Nos mantendremos inmóviles hasta qu aterrice, puesto que en caso de mala visibilidad, quizás seamos el único punto de referencia.
Aproximación al helicóptero
Sólo cuando la tripulación lo indique.
Lo más probable es que el socorrista se acerque a nosotros.
Una vez que nos hayan dado instrucciones, sólo se acercarán las personas mínimas que se necesieten para trasladar al herido. No deben llevar objetos que puedan volar ( gorras, bufandas, etc). Los objetos largos deberán llevarse paralelos al suelo bajo los brazos.
Deberán inclinarse levemente al acercarse al aparato.
La aproximación siempre por el área de visión del piloto, nunca por la cola. Si tenemos que cambiar de lado, lo haremos por la parte delantera y pegados a la cabina.
Si el aparato está apoyado en una pendiente, las zonas peligrosas son la parte superior y la del rotor de la cola. Nos acercaremos por la parte inferior y delantera o lateral.
Embarque
Esperaremos las indicaciones del socorrista.
Se hará cuáno y cómo nos lo indique la tripulación.
Mucha atención a no tocar ningún mando de vuelo ni al piloto


1. Actuación en evacuación helicóptero
Elección zona aterrizaje
Superficie plana de 4x4
Ningún obstáculo de más de 1,50 m de altura en un radio de 10 m
Si la zona está nevada, pisar la nieve previamente.
Que no exista ningún objeto que pueda volar
Colocación del grupo:
El herido en zona de fácil evacuación, protegemos su cara en la aproximación del helicóptero y sujetaremos si lo hubiera el material de abrigo. El resto de grupo reunido, lejos de la zona de aterrizaje. Dar indicaciones de que no se muevan y que no tengan ningún objeto suelto que pueda volar
Señalización de la zona de aterrizaje
El mejor sistema es situarse inmóvil y de espaldas al viento, con los brazos levantados en “Y”. Procurar que la vestimenta sea llamativa.
Cuando el piloto noos indique que nos ha visto y se acerque, nosotros nos agacharemos.
Nos mantendremos inmóviles hasta qu aterrice, puesto que en caso de mala visibilidad, quizás seamos el único punto de referencia.
Aproximación al helicóptero
Sólo cuando la tripulación lo indique.
Lo más probable es que el socorrista se acerque a nosotros.
Una vez que nos hayan dado instrucciones, sólo se acercarán las personas mínimas que se necesieten para trasladar al herido. No deben llevar objetos que puedan volar ( gorras, bufandas, etc). Los objetos largos deberán llevarse paralelos al suelo bajo los brazos.
Deberán inclinarse levemente al acercarse al aparato.
La aproximación siempre por el área de visión del piloto, nunca por la cola. Si tenemos que cambiar de lado, lo haremos por la parte delantera y pegados a la cabina.
Si el aparato está apoyado en una pendiente, las zonas peligrosas son la parte superior y la del rotor de la cola. Nos acercaremos por la parte inferior y delantera o lateral.
Embarque
Esperaremos las indicaciones del socorrista.
Se hará cuáno y cómo nos lo indique la tripulación.
Mucha atención a no tocar ningún mando de vuelo ni al piloto